Olavarria: duelo por la muerte de ex intendente
A primera hora del día de hoy, el Intendente Municipal de Olavarria, José M. Eseverri, firmó el Decreto Municipal declarándose Duelo Municipal, desde hoy y hasta el miércoles 7 de mayo, por el fallecimiento del ex Intendente Municipal Alfredo Fernández, el pasado 1 de mayo.
El decreto Municipal expresa en sus considerando: Que asumió la titularidad del Departamento Ejecutivo en 1952, siendo el primero en el cargo, y único hasta la fecha de extracción sindical, originario del gremio del cemento obtuvo una indiscutible victoria en las urnas representando al Partido Peronista; que durante su gestión se culminó el Balneario Municipal, se realizó la electrificación de toda la zona industrial lo cual significó la provisión de energía eléctrica a todas las ciudades industriales del país; que en el año 1965 Fernández fue electo diputado provincial por el peronismo de Olavarría, durante su vida se mantuvo siempre ligado a la actividad sindical y la política, conduciendo desde 1983 con el retorno de la democracia, una línea interna del peronismo local; que fue un hombre humilde y de trabajo por lo que su desaparición es sentida por la comunidad toda, quien reconoció en él todas sus virtudes; que es deber del gobierno municipal representar el sentir de la sociedad y expresar homenaje a quien en difíciles momentos de nuestra patria se mantuviera al frente del gobierno local; que la presente medida se dicta de conformidad con las previsiones establecidas en la Ley Orgánica de las Municipalidades (art. 108 incs. 16 y cc), y la ley del empleado público Municipal 11.757.
Por todo ello, el Intendente Municipal en uso de sus atribuciones, decreta duelo municipal los días 3, 4 y 5 de mayo de 2010 con motivo del fallecimiento del Sr. Alfredo Fernández quien fuera Intendente Municipal en el periodo 1952-1953. En consecuencia dispónese izar la bandera a media asta en los edificios municipales y lugares públicos por dicho plazo.
Por su parte, se invita a las instituciones civiles y militares, organismos gubernamentales y no gubernamentales, asociaciones, clubes, y demás entidades que tienen su sede en nuestra ciudad a adherirse al duelo municipal dispuesto por el Artículo 1º del presente acto administrativo.
